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Venta de deportistas

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El “Draft”, donde los equipos se asignan a los mejores deportistas, es una práctica que las autoridades deben vigilar para evitar los hechos denigrantes en donde se comercia con los deportistas como si fueran animales, en donde la voluntad que cuenta es la del que vende y la del que compra; el deportista asume un papel pasivo ciñéndose a los dictados de quienes hicieron la compraventa. 

 

En el artículo 3º de la Ley Federal del Trabajo se lee este mandato: “El trabajo no es artículo de comercio”. Es decir, el trabajo no está en el comercio, menos está en el mercado el trabajador. El salario no es una contraprestación, es una forma de distribución de la riqueza del país. El salario es la retribución que debe recibir el trabajador por su trabajo, a fin de que él y su familia puedan conducir una existencia propia de la dignidad de la persona humana. 

A los deportistas no se les puede poner en venta. El artículo 296 de la Ley Laboral dispone que el monto de la prima de la transferencia se determina por acuerdo entre el jugador y la empresa o club.  

También ordena que la participación del deportista en la prima es de veinticinco por ciento, por lo menos. Si el porcentaje fijado es inferior al cincuenta por ciento, se aumentará en un cinco por ciento por cada año de servicios hasta llegar al cincuenta por ciento por lo menos.

El deportista profesional es un trabajador, una persona humana con una dignidad propia por el hecho de ser persona humana. El jugador profesional es un trabajador, con todos los derechos inherentes a todo trabajador contenidos en la Constitución, en la Ley Federal del Trabajo, en los Tratados y Convenios Internacionales en los que México sea parte y en todas las normas jurídicas creadas para la protección de los trabajadores. 

El artículo 1º de la Constitución, párrafo tercero, ordena: Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. En consecuencia, el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos. 

La venta de los deportistas es un ataque a la dignidad humana. Está en manos de los gobiernos de la Federación, de los Estados y de los Municipios evitar este ataque a la dignidad de la persona humana y sancionarlo. 

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