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Transición de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario a la TIIE de Fondeo en operaciones derivadas

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Con el fin de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y considerando las recomendaciones de la asociación que agrupa a autoridades financieras de diversos países, denominada Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés) y de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) respecto de las características que deben tener las tasas de referencia,1 en enero de 2020, el Banco de México comenzó a publicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a un día hábil bancario (TIIE de Fondeo), con las características recomendadas por las mencionadas organizaciones internacionales.

 

En línea con lo anterior, desde entonces, este Instituto Central ha fomentado el uso y desarrollo de la TIIE de Fondeo, a fin de consolidarla como una referencia clave en el mercado de dinero y de derivados. Recientemente, mediante las circulares 3/2022 y 4/2022, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2023, se instrumentaron las reformas a las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, contenidas en la Circular 3/2012, y a las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 4o. de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de tasas de interés”, contenidas en la Circular 14/2007, respectivamente, para establecer las fechas a partir de las cuales se restringirá el uso de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario como referencia en nuevos contratos, así como para modificar la metodología para su cálculo.

En ese mismo sentido y conforme a lo señalado en el comunicado de prensa del 20 de diciembre de 2022, el Banco de México considera necesario que se restrinja el uso de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario como referencia para nuevas operaciones derivadas, así como reconocer el uso de la TIIE de Fondeo dentro de las operaciones derivadas estandarizadas, conforme a lo siguiente:

1 El FSB recomienda que las tasas de referencia cumplan con los principios establecidos por la IOSCO. Dichos principios tienen por objetivo dar legitimidad a la determinación de dichas tasas, abordando aspectos relevantes como gobernanza, metodología de cálculo, rendición de cuentas y calidad de la tasa de referencia. Para mayor información, se podrá consultar: https://www.iosco.org/library/pubdocs/pdf/IOSCOPD415.pdf (disponible solo en inglés).

  1. Se prohibirá el uso de las TIIE a plazos de 91 y 182 días para nuevas operaciones derivadas que se celebren a partir del 1 de enero de
  1. Se prohibirá el uso de la TIIE a plazo de 28 días para nuevas operaciones derivadas que se formalicen a partir del 1 de enero de
  1. A partir de las fechas señaladas, las entidades financieras referidas deberán abstenerse de utilizar las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario en nuevas operaciones derivadas, por lo que dichas entidades deberán utilizar como referencia la TIIE de Fondeo o a cualquier otra tasa que cumpla con lo previsto en la regulación emitida por el Banco de México.
  1. A partir del 1 de enero de 2025, se reconocerá el uso de la TIIE de Fondeo dentro de las operaciones derivadas estandarizadas

Atento a lo anterior, este Instituto Central somete a consulta pública el proyecto de disposiciones para modificar las “Reglas para la realización de operaciones derivadas”, contenidas en la Circular 4/2012 de este Instituto Central. El proyecto de reformas y su respectivo plan de consulta están a disposición de cualquier persona en el portal del Banco de México, a través de la liga siguiente:

 

https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/

 

Este Banco Central recibirá comentarios a este proyecto de disposiciones del público en general, únicamente por medio de dicho portal, hasta las 18:00 horas del 29 de junio de 2023.

Finalmente, el Banco de México exhorta rigurosamente a todos los participantes del mercado a utilizar, a partir de esta fecha, la TIIE de Fondeo como referencia para nuevas operaciones derivadas, de acuerdo con los principios globales de buenas prácticas, con objeto de facilitar una transición ordenada y oportuna de las tasas de referencia en México.

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