20 C
Mexico City
miércoles, junio 26, 2024
InicioPolíticaNacionalLey de Comunicación Social: ¿qué significa la Ley Chayote?

Ley de Comunicación Social: ¿qué significa la Ley Chayote?

Fecha:

Noticias Relacionadas

Camisa de once varas

Francisco Gómez Maza Análisis a Fondo   ·        Norma Piña y la chicha...

Vientos del Tercer Debate Presidencial

Francisco Gómez Maza Análisis a Fondo   La marea rosa no...

SEPOMEX Distribuye Propaganda Política en Convenio con el INE

Se ha manifestado por diferentes periodistas y ciudadanos a...

Entre críticas, el Senado de la República aprobó en lo general la Ley General de Comunicación Social, o Ley Chayote, que regulará el gasto del gobierno en los medios de comunicación. Esta norma ha sido señalada como una forma de control de la información que transmiten los medios de comunicación.

 

26-04-2018, 6:29:47 AM

 

 
 
 

Con 60 votos a favor, 46 en contra y una abstención, el Senado de la República aprobó en lo general la Ley General de Comunicación Social, conocida como Ley Chayote, cuyo objetivo es establecer reglas específicas para el gasto que los entes públicos realizan en los medios de comunicación.

Con el dictamen aprobado la Cámara alta da cumplimiento a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que, en noviembre de 2017, determinó que la omisión legislativa para emitir esta norma viola la libertad de expresión, de prensa y de información de los mexicanos.

Si bien la aprobación de esta ley da cumplimiento a esa sentencia, los preceptos de esta reglamentación han sido criticados tanto por legisladores de oposición, como por colectivos ciudadanos. A continuación te decimos por qué.

 

Ley Chayote

 

1. Una secretaría reguladora

La Ley General de Comunicación Social, con la que se reglamenta el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, establece que el gasto del gobierno en publicidaddebe observar los criterios de eficiencia, economía, transparencia y honradez, respetando topes presupuestales específicos.

Para ello se deberá establecer una estrategia anual de comunicación social, la cual será regulada por la secretaría de Gobernación, es decir la dependencia encargada de la política interior del país será la que planifique los mensajes que se contraten para su difusión en los medios de comunicación.

El colectivo Artículo 19 considera que Gobernación no debe concentrar esta facultad, pues se corre el riesgo de que se intente controlar la información general que transmiten los medios, al tiempo que no se elimina el sesgo político de la publicidad oficial.

2. Se mantiene la censura indirecta

En México, el gasto publicitario de los entes públicos históricamente ha sido utilizado para promover la imagen y acciones del gobernante en turno, es decir, las políticas de comunicación social no han tenido como objetivo proporcionar un servicio de información a los ciudadanos, sino enaltecer lo que hacen los funcionarios.

Al respecto, en 2002 las organizaciones de las Naciones Unidas (ONU) y de Estados Americanos (OEA) emitieron una declaración en la que se advierte que los gobiernos “nunca deben abusar de su custodia de las finanzas públicas para tratar de influir en el contenido de la información de los medios de prensa”. Pues al hacerlo se ejercen restricciones a la libertad de prensa.

La posición de esas organizaciones es clara: la distribución “arbitraria y discriminatoria de la publicidad oficial” es un mecanismo de censura indirecta que afecta los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Tanto legisladores de oposición como colectivos de la sociedad civil consideraron que la norma aprobada esta semana no limita estas prácticas, sobre todo porque quien regulará toda la política de comunicación social es una institución eminentemente política.

3. Reglas sin sanciones

La norma aprobada no establece, en ninguno de sus 45 artículos, la forma en la que podrían ser sancionados los funcionarios que no observen los criterios y objetivos de la ley.

Si bien el artículo 44 detalla el tipo de infracciones que pueden cometer los entes públicos, y por ende sus titulares, no se especifican las sanciones a las mismas.

Los diputados de Movimiento Ciudadano, que se opusieron a la ley cuando se discutió en la Cámara baja a principios de abril, apuntaron que lo más grave es que “no se castiga a quien rebasa el tope de gastos en comunicación”.

En un informe que se dio a conocer en marzo pasado, la Organización No Gubernamental Artículo 19 reveló que en este sexenio el gobierno ha erogado más de 40,000 millones de pesos en gastos de publicidad, de estos el 50% ha servido para pagar diversas campañas difundidas en solo 20 medios de comunicación.

4. Veracidad y objetividad en entredicho

De igual forma, la ley no señala un mecanismo específico para que, por ejemplo, los ciudadanos constaten la veracidad de los mensajes que difunde el gobierno, y al mismo tiempo no reglamenta los criterios que deben observarse para elegir a los medios de comunicación que transmiten los mensajes oficiales.

No hay que olvidar que en nuestro país hay medios impresos, de radio, televisión e internet, cuyos ingresos dependen casi totalmente de la publicidad oficial, situación que necesariamente influye en su línea editorial.

“Realmente nadie muerde la mano que le da de comer, si sabemos que el mayor ingreso de los medios es la publicidad oficial, pues entonces sabemos que quien realmente dicta las líneas editoriales es precisamente el gobierno”, consideró Ana Cristina Ruelas, directora de Artículo 19 para México y Centroamérica.

En México, la solución a esta problemática podría darse si se incluyeran en la ley criterios específicos de certificación en torno a la audiencia, tiraje o tráfico que deben cumplir los medios que recibirán la publicidad gubernamental.

5. No cambia la fiscalización

La Ley General de Comunicación Social deja a la Secretaría de la Función Pública la revisión y fiscalización de los recursos que se apliquen a la comunicación oficial. En términos generales, no hay ningún cambio en este tenor, pues esa dependencia ya lleva a cabo esa tarea al revisar anualmente la cuenta pública del gobierno federal y sus dependencias.

No obstante, la ley apunta -en su artículo 40- que todos los entes públicos, federales y de los estado, deberán publicar en internet la información sobre los montos que se eroguen en comunicación y publicidad, lo que facilitará que los ciudadanos conozcamos las cantidades que se destinan a ese tema en cada dependencia.

Actualmente, de acuerdo con datos de Artículo 19, más del 50% de las entidades federativas no informa sobre sus campañas publicitarias, incluso hay casos como el de Veracruz, en los que esta información fue reservada completamente por la administración del exgobernador Javier Duarte.

Últimas Noticias

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here