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INAI exhorta a Sedena a “ejercerse” bajo principios de gobierno abierto

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Rosendoevgueni Monterrey Chepov

  • No satisface la “información” de “mañaneras”; debe entregar información documental relativa a la obra en Santa Lucia
  • Comunicaciones y Transportes aclara que la emisión de deuda no debe confundirse con inversión privada en aeropuerto 

Guillermo Pimentel Balderas 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) aclaró que la emisión de deuda no debe confundirse con inversión privada; esto, con relación al desmentido que hizo –vía boletín de prensa-,  en el sentido de que, “en el NAICM no hubo un solo centavo de inversión privada extranjera o nacional.  Únicamente hubo inversión pública en su proceso de planeación, construcción y cancelación”. 

 

En tanto, por separado, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), entregar la expresión documental que contenga la información relativa al informe del avance general de la obra del Aeropuerto Internacional “Felipe Ángeles”, en la Base Aérea de Santa Lucía, y el ejercicio de los recursos públicos correspondientes. 

Sin embargo, en el análisis del caso, en su ponencia, el Comisionado del INAI, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, advirtió que si bien, el Ejecutivo Federal a través de la Sedena ha informado sobre los avances de la obra en conferencias de prensa, el particular solicitó el acervo documental que contiene el avance de obra y el reporte de los recursos públicos erogados. 

Al respecto, dijo, se omitió proporcionar el documento fuente; es decir, la documentación que da cuenta de dichas cifras. En ese sentido, subrayó, se determinó que el sujeto obligado fue omiso en proporcionar las expresiones documentales que dan cuenta del avance de la obra y de la erogación de los recursos públicos correspondientes a la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles. 

Afirmó que la sociedad debe estar informada de las acciones gubernamentales y el ejercicio de los recursos públicos bajo los principios del gobierno abierto y que, por mandato de la Ley General de Archivos, los sujetos obligados tienen la obligación legal de documentar todo acto que emane del ejercicio de sus facultades y el desarrollo de sus funciones, máxime cuando se trata del gasto y destino de los recursos públicos de una obra pública como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.

Monterrey Chepov, expuso que al garantizar el derecho de acceso a la información, la población puede generar una opinión informada sobre las decisiones de sus gobernantes y la implementación de proyectos de interés general. 

 “La mejor manera en que la sociedad se puede involucrar en las decisiones trascendentales para el país es estando informada fehacientemente de las acciones gubernamentales y el ejercicio de los recursos públicos de manera detallada bajo los principios del gobierno abierto”, afirmó. 

El Comisionado al presentar el caso ante el Pleno, expuso: “Estoy convencido de que, al garantizar el derecho de acceso a la información, la población se encuentra en posibilidad de generar una opinión informada sobre las decisiones adoptadas por parte de sus gobernantes y sobre la implementación de proyectos de interés general”, apuntó. 

Explicó que un particular solicitó a la Sedena diversos contenidos de información relacionados con el avance de la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, así como la cantidad de recursos públicos invertidos en dicha obra. 

En respuesta, la Sedena proporcionó dos vínculos electrónicos cuyo contenido atiende a las conferencias matutinas del Presidente de la República en las que se ha informado el avance de la obra y el monto erogado. 

Pero, inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que no se le proporcionó la información de su interés, ni la evidencia documental sobre los avances de la obra de construcción del Aeropuerto Felipe Ángeles. 

En alegatos, la Sedena manifestó que no se encuentra obligada a elaborar un documento para dar atención a las solicitudes de información y turnó la petición a la Dirección General de Administración, así como a la Dirección General de Ingenieros; mismas que, después de una búsqueda exhaustiva refirieron no contar con documentación que atendiera lo solicitado. 

Por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar  la respuesta de la Sedena y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Ingenieros y en la Unidad de Administración, con el fin de proporcionar al particular la expresión documental que contenga la información relativa al informe del avance general de la obra del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles y al ejercicio de los recursos públicos correspondientes.

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