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Sanción de10 años de prisión al acopio de alimentos básicos

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Senadores del Partido de la Revolución Democrática presentaron una propuesta para crear la Ley contra el acaparamiento de artículos de consumo popular, que busca castigar a los especuladores y acaparadores con penas de cárcel, de cuatro a diez años, y de mil a dos mil días de multa.

 

El senador Armando Ríos Piter destacó que esta ley pretende darle capacidades al Poder Ejecutivo para que responda a la demanda popular de castigar abusos en precios de alimentos y energéticos esenciales, con el fin de garantizar la alimentación y la subsistencia de la población, y actuar contra todo acto de acaparamiento.

Precisó que la Ley Contra el Acaparamiento de Artículos de Consumo Popular prevé facultar a la Secretaría de Economía para iniciar investigaciones contra acaparadores y especuladores de alimentos básicos de consumo popular, que busquen alterar los precios al consumidor final.

Enfatizó que se define como artículo de consumo necesario todo aquel que, a nivel nacional o regional, sea fundamental para la alimentación, tales como tortilla de maíz, pan, arroz, frijol lenteja, guayaba, limón con semilla, manzana, naranja, papaya, plátano, toronja.

También aguacate, ajo, calabacita, cebolla, col, chayote, chícharo, chile, ejote, espinaca, lechuga, nopal, papa, pepino, jitomate, tomate, zanahoria,  carne de pollo, carne de res, pescado y mariscos frescos, huevo,  aceites, café de grano y azúcar, así como el abasto de gasolina y diesel a la población.

La ley propuesta aplicará a toda conducta que signifique acaparamiento, especulación, boicot y cualquier otra que afecte el consumo de alimentos o productos, que ponga en riesgo la seguridad alimentaria y el abasto a la población, sin menoscabo de otras disposiciones legales.

Con ello, se busca adicionar un artículo 253 bis al Código Penal Federal, en materia de penas y sanciones por acaparamiento de artículos de consumo necesario que señala: son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de cuatro a diez años y con mil a dos mil días de multa. La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

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