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Cárcel y “lista negra” de acosadores sexuales

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 Ignacio Álvarez Hernández

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         Ante la mínima sanción al acoso sexual que no inhibe a quienes hostigan a empleadas tanto en el sector público como en el privado, lo que provoca el 60 por ciento de renuncias a su empleo de mujeres, mientras otro 25 por ciento es cesada por negarse “hacerle el favor” a sus jefes o superiores.

 

De ahí que la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, analiza una iniciativa para sancionar el hostigamiento sexual con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 200 a 500 días de salario, así como publicitar una “lista negra” de acosadores, ya que el Código Penal Federal solamente prevé 40 días multa, lo cual no ha “asustado” al abuso de poder de los hostigadores sexuales.

En la exposición de motivos se detalla que de acuerdo con el Instituto Nacional de las Mujeres y la Secretaría de la Función Pública, durante el 2012 se presentaron 26 mil casos de hostigamiento sexual en 258 dependencias gubernamentales, pero sólo se denunciaron 8 mil.

En su iniciativa, la diputada de Nueva Alianza, Dora María Guadalupe Talamante Lemas, también plantea la creación de un “buró” con los nombres de los funcionarios públicos federales que hayan incurrido en los delitos de hostigamiento y abuso sexual.

Además, del 70 por ciento de las empleadas que han sufrido algún tipo de hostigamiento sexual, 60 por ciento decide renunciar antes de acudir a denunciar o de que se concrete la falta, mientras que 25 por ciento de ellas son despedidas por no dar cumplimiento a las peticiones del acosador.

 Subraya que esta cifra es conservadora, debido a que se trata de un acto ilícito que en 99.7 por ciento de los casos no se denuncia y tiene el índice más alto de impunidad.

 La secretaria de la Comisión de Igualdad de Género precisa que en la mayoría de los casos, los jefes las hostigan para mantenerlas en un cargo o ascenderlas, y en caso de que ese método no tenga éxito, simplemente les aplican la “congeladora laboral” y al final las despiden, lo que se traduce en una acción discriminatoria.

Asegura que no hay un sólo prototipo de personas que sufren este maltrato, pero el número mayor de víctimas son mujeres y van desde las que cuentan con un bajo nivel escolar hasta profesionistas con estudios de licenciatura o maestría.

 Refiere que el Código Penal Federal ha quedado rezagado en cuanto al tipo penal de hostigamiento y abuso sexual, ya que las legislaciones de los estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Guerrero, Durango, Nayarit, Morelos, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, prevén sanciones de prisión para estos agresores.

 Baja California, por ejemplo, fija hasta 200 días multa y aun así rebasa a la ley penal federal. En tanto, los estados que no contemplan el tipo penal son: Campeche, Guanajuato, Michoacán, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas y Tlaxcala.

 El documento precisa que el Código Penal Federal aplica sanciones que se contraponen con el principio de progresividad de los derechos humanos de las víctimas, y sólo establece pena en caso de causarse daño y perjuicio a la víctima de este delito, con lo que genera impunidad.

 Sostiene que el temor a denunciar este delito y la ausencia de sanciones penales han provocado que esta práctica no sólo se mantenga, sino aumente impunemente en la mayoría de las fuentes laborales, principalmente en donde es más señalado el grado de subordinación de la mujer.

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